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Juicio Colectivo contra Cpech. Preuniversitario. Acoproch. Se hace parte.

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     Comenzó el juicio colectivo contra el Preuniversitario Cpech. Que no permite retractarse a sus estudiantes y los obligó a cambiar de modalidad presencial a on line.

 

A partir de 1.492 reclamos recibidos en contra del proveedor, ingresados en diversas plataformas y otros medios durante el año 2020, se pudo constatar que Cpech  infringió la Ley de consumo, al realizar u omitir las siguientes conductas:

1.-  Cepech incorpora cláusulas abusivas en sus contratos de adhesión ofertados para sus programas presenciales del año 2020 y/o realiza un ejercicio abusivo de las mismas en contra de los consumidores.

2.-  Cepech a partir de las cláusulas abusivas incorporadas en los contratos referidos y/o el ejercicio abusivo de las mismas, rechazó la solicitud de los consumidores de terminar el contrato ante el cambio de modalidad del servicio educacional, de presencial a online.

3.-  Cepech a partir de las cláusulas abusivas incorporadas en los contratos referidos y/o el ejercicio abusivo de las mismas, afectó gravemente el patrimonio de los consumidores, al cobrarles por un servicio que éstos no utilizaron, o que en otros casos utilizaron, pero a cambio del pago de un precio superior para el tipo de servicio prestado, distinto al originalmente contratado.

4.-  Cepech a partir de las cláusulas abusivas incorporadas en los contratos referidos y/o el ejercicio abusivo de las mismas, afectó gravemente el patrimonio de los consumidores pues, en los casos que arbitrariamente acogió las solicitudes de término del contrato requeridas por los consumidores, no procedió a restituir el total de lo pagado, ya que retuvo el 10% del valor de la colegiatura respectiva por concepto de “costos de administración” y, además, el 100% del valor de la matrícula.

                               De acuerdo a lo informado, con fecha 15 de marzo de 2020, CPECH comunicó el cierre total de sus sedes a partir del 16 del mismo mes y año, producto de la pandemia ocasionada por el virus COVID-19. En vista de aquello, procedió a modificar sus contratos de adhesión y la prestación de sus servicios de modalidad presencial a online, sin el consentimiento previo de los consumidores, manteniendo los programas presenciales sólo hasta el 19 de mayo de 2020, fecha en la cual se encontraban matriculados al menos 27.845 alumnos. Llama la atención que en los nuevos contratos ofertados por el proveedor, éste estableció que, en caso de que el consumidor desee cambiar de formato E-learning a presencial, se cobrará un recargo adicional. 4. Tales conductas constitutivas de infracción a la LPDC, fueron constantes y permanentes en el tiempo -al menos, desde el año 2020 en adelante. 

                              esas conductas aludidas han generado graves perjuicios a los consumidores, los cuales deben ser debidamente reparados a todos los afectos.

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